Afiliada a ALAL Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas
Caracas,

ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE ABOGADOS LABORALISTAS (AVAL)

ACTA CONSTITUTIVA

I

DE LA DENOMINACIÓN, DOMICILIO, OBJETO, DURACIÓN Y FINES

PRIMERA: DENOMINACIÓN Y DOMICILIO: La Asociación tendrá por denominación ASOCIACION VENEZOLANA DE ABOGADOS LABORALISTAS, pudiendo reducirse a las siglas A.V.A.L. y tendrá su domicilio en la ciudad de Caracas, Venezuela, pero podrá extender sus actividades a otras ciudades y poblaciones del país así como establecer oficinas, seccionales o filiales. Igualmente, la Asociación podrá realizar o participar en actividades en el exterior del país. La Asociación es institución fundadora de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE ABOGADOS LABORALISTAS (A.L.A.L.).

SEGUNDA: DURACIÓN: La duración de la Asociación será indefinida y solo se pondrá fin a la misma cuando una asamblea extraordinaria, constituida con este objeto y donde esté representado por lo menos un 90% de sus miembros inscritos, tome esa decisión, acordando las reglas de su disolución y liquidación y designando las personas que se constituirán como liquidadores.

TERCERA: OBJETO: esta Asociación no tendrá fines de lucro, la justifica el espíritu de solidaridad y el compromiso que asumen sus miembros con el país, centrando sus esfuerzos en la búsqueda de la plena vigencia de los Derechos Sociales establecidos en la Constitución de la República de Venezuela y de las normas legales sobre el trabajo y la seguridad social a través de la más amplia participación democrática, estando capacitada para efectuar cualquier acto que sea necesario para el cumplimiento de sus fines.

CUARTA: FINES: Los abogados laboralistas y profesionales de distintas disciplinas que desarrollan actividades de defensa de los trabajadores y sus organizaciones, persuadidos de la necesidad de una coordinación permanente a nivel de toda Venezuela, constituimos una Asociación con los siguientes fines específicos:
1) Establecer un foro democrático sobre las condiciones sociales, jurídicas, económicas y culturales de los trabajadores para promover un diálogo que contribuya al desarrollo de una sociedad democrática basada en la justicia social y la libertad, sin la cual no hay realización posible del Derecho del Trabajo;
2) Defender los principios permanentes en que se fundamenta la legislación social frente a las pretensiones de desregular las relaciones laborales;
3) Promover la autonomía de las organizaciones sindicales, su democratización, el desarrollo de la convención colectiva, el derecho de huelga y participación de los trabajadores;
4) Contribuir a la elaboración de una doctrina iuslaboralista acorde con los intereses, las necesidades y las aspiraciones de las mayorías nacionales del país y de su desarrollo;
5) Estimular el intercambio, información y experiencias entre los abogados laboralistas y profesionales de diferentes disciplinas, en el país y el exterior;
6) Promover la investigación socio-jurídica y el juicio crítico respecto de las normas de Derecho Social y sus instrumentos de aplicación, para adecuarlas a las realidades e ideales de los pueblos de la región en coordinación con las Universidades y los organismos internacionales como la Organización Internacional del trabajo (O.I.T.), etc.;
7) Fomentar el trabajo interdisciplinario sobre los problemas laborales y el asesoramiento en equipo de los trabajadores y sus organizaciones, así como promover la integración en nuestra organización de cientistas sociales, economistas, médicos del trabajo, ergónomos etc.
8) Defender la cultura y los recursos naturales de la nación latinoamericana frente a la transculturización y el saqueo, en el marco del modelo de desarrollo democrático, basado en una economía productiva y eficiente al servicio del hombre como lo señala la Constitución de la República;
9) Promover la paz y la fraternidad de los pueblos y la integración Latinoamericana y del Caribe sobre la base de la defensa de los intereses nacionales y proponer la armonización de la legislación laboral de acuerdo a los principios proteccionistas y de la libertad sindical;
10) Colaborar con la promulgación de una Carta Social Latinoamericana y del Caribe, así como Cartas Subregionales (del Pacto Andino, Mercosur, etc.) de carácter autoejecutorias que garanticen los más altos criterios de protección social y laboral y de libertad sindical y luchar por su aplicación en conjunto con las diferentes expresiones de los movimientos democráticos y laborales de la región;
11) Luchar por la vida, la libertad, la dignificación, la seguridad y los demás derechos esenciales de los abogados laboralistas de Venezuela y de todo el mundo;
12) Coordinar esfuerzos con los organismos de trabajadores sin distinción alguna de origen, posiciones políticas, de acuerdo al principio del pluralismo y la defensa de los intereses de los trabajadores y la promoción de su unidad, organización y solidaridad;
13) Colaborar con las organizaciones de empleadores en sus funciones de defensa y perfeccionamiento de la libertad sindical, en su aporte a la concertación social y tripartismo;
14) Dictar cursos, seminarios, charlas y participar en eventos de diversos tipo colaborando con Universidades e instituciones docentes y gremiales en la enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social;
15) Defender el tripartismo y la acción tutelar de la OIT y promover la ratificación y el cumplimiento de los Convenios Internacionales del Trabajo, así como la enseñanza y aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y demás instrumentos internacionales, americanos y subregionales de Derechos Humanos;
16) Comprometer nuestros esfuerzos en beneficio de una solución justa del problema de la deuda externa de nuestro país;
17) Las demás metas que órganos de la Asociación establezcan para el desarrollo del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, y defensa de los trabajadores y sus organizaciones y de los abogados laboralistas y los profesionales de diferentes disciplinas a su servicio.

II

DE LOS MIEMBROS Y SU PARTICIPACIÓN

QUINTA: MIEMBROS: Se considerarán miembros de la asociación, todas aquellas personas naturales o jurídicas, que previo el cumplimiento de las formalidades exigidas en los presentes estatutos, se incorporen a la misma a la misma dentro de cualquiera de sus categorías, con el objeto de participar en la consecución del objetivo de la asociación.

La asociación estará conformada por los siguientes miembros:
a) MIEMBROS FUNDADORES: Son aquellas personas que suscriben la presente acta, manifestando su voluntad de implementar y lograr mediante la cooperación los objetivos propuestos, los cuales tendrán derecho a voz y voto en las Asambleas.
b) MIEMBROS ACTIVOS: Aquellas personas, que se incorporen activamente en la obtención de la Asociación, poniendo a disposición de AVAL su colaboración profesional y aporte financiero para las actividades a desarrollar y quienes son aceptados por la Junta Directiva también para participar con voz y voto en las Asambleas que celebre y en todas las actividades de la misma.
c) MIEMBROS HONORARIOS: Se designará por parte de la Asamblea a aquellas personas que hayan realizado aportes relevantes al desarrollo de las finalidades determinadas por los presentes Estatutos.

SEXTA: REGISTRO DE MIEMBROS: A los fines de tener un registro y control de los Miembros de la Asociación, se llevará un Libro de Miembros, en el que se hará constar en cada página, mediante numeración continua, las personas que se incorporan a la Asociación y en él también se registrarán las desincorporaciones.

SÉPTIMA: DEBERES DE LOS MIEMBROS: Todos los Miembros registrados deberán:
a) Colaborar activamente con los fines y proyectos que se proponga la Asociación y mantener una conducta de permanente acatamiento de la legislación laboral y en especial de la libertad y democracia sindica.
b) Respetar y acatar las disposiciones de la presente Acata Constitutiva Estatutaria o cualquier otra resolución o reglamento que emane en lo sucesivo de la Asamblea.
c) Abstenerse de vincular la Asociación con asuntos que desvirtúen sus propósitos y que pudieren obstaculizar la realización de sus planes.
d) Preservar y cuidar todos y cada uno de los bienes de la Asociación.
e) Los Miembros fundadores y activos tendrán derecho de voz y voto en las Asambleas y podrán ser electos en todos los cargos de la Asociación.

OCTAVA: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN: La máxima autoridad de la Asociación será la ASAMBLEA conformada por todos los Miembros fundadores y activos de la Asociación, y se encargarán de:
a) Designar los miembros de la Junta de Coordinación;
b) Aprobar o improbar los Informes de la Junta de Coordinación;
c) Considerar y diseñar los planes y acciones que marcarán el destino de la Asociación;
d) Decidir sobre cualquier asunto que no sea de competencia de la Junta de Coordinación

Las Asambleas se reunirán de forma ordinaria cualquier día del mes de mayo de cada año, se convocarán con no menos de ocho (08) días de anticipación, mediante comunicación escrita dirigida a cada Miembro y un anuncio colocado en la sede de la Asociación. Pero además, podrán celebrarse Asambleas extraordinarias, convocadas por la Junta de Coordinación con un número no menor del veinticinco por ciento (25%) de los Miembros registrados, previa convocatoria con ocho (08) días de antelación, mediante aviso colocado en un sitio visible, precisándose el día, hora y lugar de la Asamblea, así como el motivo de la convocatoria.

NOVENA: QUORUM: Las Asambleas se constituirán con la presencia del cincuenta y uno por ciento (51%) de los Miembros registrados, siendo imprescindible la presencia del Coordinador General, su Suplente, o una persona expresamente autorizada por los mismos. En caso de no lograrse el quórum quedarán automáticamente convocados los Miembros para otra Asamblea, a la misma hora, en el mismo sitio, para dentro de los ocho (08) días siguientes, sin más formalidad que un aviso público colocado en la sede de la Asociación, y se constituirá con los Miembros presentes, sin necesidad de quórum
A los efectos de tomar decisiones en las Asambleas, salvo que exista otra regla especial, se tomarán por mayoría, la mitad más uno, de los Miembros hábiles para votar que se hallen presentes en la Asamblea. Las decisiones tomadas válidamente serán de obligatorio cumplimiento por los Miembros.

III

DE LA DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN

DÉCIMA: LA JUNTA DE COORDINACIÓN: Cada dos (2) anos la Asamblea elegirá entre sus miembros, el equipo que conformará la Junta Coordinadora, para desempeñar los siguientes cargos: Un Coordinador General, un Coordinador del Área de solidaridad y atención de conflictos, un coordinador del área de formación doctrinaria y jurisprudencial, un Coordinador de proyectos y Un Coordinador de relaciones y sus respectivos suplentes. La Junta deliberará en reuniones periódicas y se llevará un Libro de Actas para reseñar los puntos tratados y los acuerdos tomados, por la mayoría de los votos.

DÉCIMA PRIMERA: DE LAS ATRIBUCIONES DEL COORDINADOR: El Coordinador General, o a su falta el suplente, tendrá las facultades de dirección y administración diaria y de realización de los actos de disposiciones necesarios de la Asociación, en consecuencia salvo lo dispuesto el otras cláusulas, podrá:
1) Dirigir y gerenciar la Asociación;
2) Vigilar el mantenimiento del espíritu y la buena imagen de la asociación;
3) Implementar y ejecutar las decisiones acordadas en las Asambleas;
4) Aprobar y autorizar toda clase de negocios, pactos y contratos requeridos para el desenvolvimiento de sus actividades;
5) Proponer la aceptación de nuevos miembros a la Asamblea;
6) Representar la Asociación y conferir poderes generales y/o especiales para su representación judicial o extrajudicial, con facultades que considere convenientes, y revocar los mismos;
7) Presentar anualmente a la Asamblea un informe de las actividades realizadas, anexando el balance contentivo del estado financiero de la Asociación;
8) Proponer y someter a la consideración de la Asamblea el plan de actividades a cumplirse en el período lectivo próximo;
9) Contratar y despedir los empleados que creyera necesarios, así como determinar sus funciones y remuneraciones;
10) Decidir sobre la afiliación de la Asociación a otros organismos e instituciones;
11) Realizar cualquier otro acto necesario para el desarrollo y funcionamiento de la Asociación y para el cumplimiento de sus fines;
12) Podrá individual o conjuntamente el Coordinador General y/o el coordinador del área de Proyectos Especiales, abrir, cerrar o movilizar cualquier tipo de cuentas en instituciones bancarias o financieras, a nombre y representación de la Asociación;
13) Transigir, desistir y disponer, judicial y extrajudicialmente en nombra de A.V.A.L.

DÉCIMA SEGUNDA: ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN: La Junta de Coordinación colaborará con el Coordinador en sus funciones y cada Coordinador de Área desarrollará los planes correspondientes a su función.

IV

DEL PATRIMONIO

DÉCIMA TERCERA: PATRIMONIO: El patrimonio de la Asociación, que será independiente y autónomo de sus Miembros, estará constituido por:

1) Las cuotas ordinarias: Cuota Anual y/o Mensual, cuyos montos y periodicidad serán acordados en Asamblea. Las cuotas serán canceladas al momento de la inscripción de los Miembros.
2) Las Cuotas Extraordinarias por contribuciones que hayan sido acordadas en la Asamblea.
3) Los Muebles e Inmuebles que se adquieran.
4) Las donaciones, legados, cesiones, etc., en materiales o servicios, que realicen instituciones o personas colaboradoras, con el sólo propósito de ayudar y fomentar la labor de la Asociación.

Las ganancias o utilidades que obtuvieren la Asociación en el ejercicio de sus actividades no podrán ser repartidas como beneficios entre sus Miembros, sino que serán reinvertidas en el objeto de la Asociación.

V

DE LA EXTINCIÓN

DÉCIMA CUARTA: En caso de liquidación de la Asociación, se pagará el pasivo existente y en caso de que hubiere un excedente, el mismo se destinará a la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.).

DÉCIMA QUINTA: PERÍODO LECTIVO: La Asociación tendrá un período de actividades anual iniciado el 1º de mayo de cada año.

DÉCIMA SEXTA: ALCANCE DE ESTA ACTA: Las reglas establecidas en esta Acta Constitutiva, hacen a su vez de Estatutos Sociales.

 

FIRMAN:

LEON ARISMENDI (fdo), DANIELA ARSTEIN HUNG (fdo), ALEIKAR ASCANIO (fdo), JUAN AVELLAN (fdo), ELIZABETH CASTAÑEDA DIAZ (fdo), CAROLINA DE LEON CERVERA (fdo), HUGO DIAZ (fdo), MARIA DOMINGUEZ GUILLEN (fdo), LAURA FERRARO VELAZQUEZ (fdo), NOEMI FISHBACH (fdo), DURNES GARCIA (fdo), FRANCISCO ITURRASPE (fdo), ENRIQUE MARIN (fdo), IRINA PEDROSO VIVAS (fdo), JUAN RAFAEL PERDOMO (fdo), ELIO PINTO (fdo), JACQUELINE RICHTER (fdo), DELCY RODRIGUEZ GOMEZ (fdo), MARIA DEL MAR SERNA CALVO (fdo), NOEL SIRIT (fdo) y ARACELIS TORRES (fdo).

Acosta Gamez, Flor Yulimar

Aguey Alfonzo, Roger Antonio

Aguilar Mejía, Maria Fermanda

Aguilera Nuñez, Eden Rosa

Aguirre Sanchez, Alexis Enrique

Ahumada Rodriguez, Nacira

Alarcón, Eleana

Alban, Fernando

Alcalá Prada, Guillermo

Alfonzo , Juan Carlos

Alfonzo Guzmán, Rafael Jacob (Miembro honorario)

Alfonzo Hidalgo, , Fabiola Elena

Alfonzo P., Juan Carlos

Alfonzo Tovar, Angelica

Alheimer, Harald

Alvarez , rancis

Alvino Martinez, Maria Graciela

Amengual Sanchez, Alberto

Angarita H., Aura M.

Angel Campos, Merle

Aponte, Yanira

Aponte Herrera , Jenny Beatriz

Araujo, Miguel A.

Araujo Blanco , Erylyn del Carmen

Arevalo B., Veruska

Arévalo Magdaleno , Roberto Antonio

Arismendi, Leon

Arria Salas, Alberto (Miembro honorario) (QEPD)

Avila G., Joulys Mercedes

Balestrini T., Rafael Zenon

Barradas Domínguez, Geysha Ibbelisse

Barreto Salazar, Cesar Luis

Barrios Ruda, Priscila Victoria

Batista de Sousa , Otilia Margarita

Bayed Mncano, Carolina

Bencomo, Antonio

Bencomo E., Tania Z.

Bettencourt De Sousa, , Elsy

Blanca Arcila , José de Jesús

Blanco Cordova , Elio Vicente

Blanco Marcano, Edgar C.

Briceño, Coromoto

Bustamante, Cesar

Caicedo Da Silva,, Maria del Pilar

Calderón, Sócrates

Calderón Benito, Ely José

Camacho B., Miguel E,

Camacho Barrios , Miguel Eduardo

Carbalho Da Costa, Nelida

Cardier Pacheco,, Norka Zelideth

Caridad Mosquera, Freddy

Casale Valvano, Pedro

Castellano Urribarrí , Sahomí

Castillo Reyes,, Pedro

Castro, Natalia

Castro González , Manuel

Castro Guerrero , Mariela

Castro Ledezma , Natalia

Castro Sanchez, , Eduardo D.

Chiaro de Guerrero, Alba Yari

Chirinos Nova, Ana Maria

Contreras , Harold

Contreras Roa, Doris Raquel

Cordaro, Rosanna

Cordova , Janette

Correa , Norka

Corro González , Mercedes Beatriz

D' Onofrio, Leonardo (QEPD)

Da Siva Perez, Milkary suttail

Dagui Lopez , Sara Lucila

Darias Montilla, , Juan Antonio

Davila Becerra, Sandra Maritza

De Abreu Nascimientos, , Bernardette

De Figueìredo Plasencia,, Marìa Elizabeth

Delgado Peña, Heidy del Carmen

Delhóm Hernández , Veruska

Diaz Mogollon , Dayana

Dominguez , Arturo

Durán Negrete, Victor Alberto

Ely Vásquez, Deborah Bell

Escalante Melo, Vicente Rafael

Escalona de David, Nilda

Escalona Marín, Mirtha

Escobar Lamoglia , Gustavo Adolfo

Esteban, José Eudaldo

Estrada Tineo , Erkin

Fábrega, Ramon

Fajardo Narváez, Linda

Farrera Cordido, , Oswaldo

Feo de Briceño, , Dinaleyn José

Fernadez, María Gabriela

Fernandez, Lissellot

Fernández de García , Bertha Neffertiti

Ferrer R., Yajaira

Figuera, Edagar

Figuero, Betty Lau

Figueroa, Anyura

Figueroa M., Claudia

Flores Oviedo, Mónica

Fossati, Felipe

Fragoso, Ivon

Franceschi Figuera, Marifrancis

Fuentes, Jaennette

Galviz, Luis Martin

García de Rodríguez, Rosario

García Figueroa, Yosward Ramon

García Velásquez , Juan Rafael

Garnica, Juan

Gerson, Ana

Giangiulio, Roberto

Gil, Rafael R.

Gil Graterol, María Teresa

Gimenez, Yilver

Gomes Moreira, Juan Carlos

González , Erlis

Gonzalez Alvarez, Sajari

Gonzalez Barrios, Oscar

González Colmenares, Ilse claret

Gonzalez Millan , Carlos Alberto

Gonzalez Ponce, Arnaldo

Govea Bernardoni, Miguel Angel

Guaita V, , Carlos A

Guerra, Alejandro Antonio

Guerra Centesimo, Antonio

Guerra Leiva, Rosmary de Lourdes

Guerrero Chacon, Fraddy Omar

Guevara Guevera, Tahidee

Guida Perez, Giana Nella

Gutiérrez Barreto , Jennifer

Gutiérrez Barreto , Jennifer

Hamdan Gonzalez, Adolfo

Hermoso González, Juan Carlos

Hernadez, Yolimar

Hernadez, Humberto

Hernandez, Miriam

Hernandez, Ernesto José

Hernandez Alvarez, Oscar

Hernandez Delviez, Jesmin Maite

Hernandez Malaé, Molly

Hernandez Ramos, Peggy Victoria

Hernàndez Urdaneta de Lanz , Marìa Alejandra

Herrera García , Mayrin

Herrera Ghersi, Gisela María

Hidalgo Rodriguez , Elias Adolfo

Hurtado Mujica, , Aeivis

Iturraspe, Francisco

Izarra de Velarde , Virginia Margarita

Izquierdo, Dalia

Jaqueline, Richter

Javier, Gomez

José Eudaldo, Esteban

Juarez , Martha

Kabchi Curiel, Yasmin

Kassar, Nathalie

La Massa Cisneros , Ernesto

Lamón , Rosalba

Ledezma, Maria Mercedes

Leon Molina, Leida Marcela

León Ramírez, Carolina Estefania

León Rodríguez, Guary Guillermo

Lopéz F., Adolfo

Lozada, Keissy Nereida.

Lucena Salas , Victor Adolfo

Lugo Dominguez , Wilman

Lurua Fajardo, Dennys

Malave Gonzalez , Luis Carlos

Maldonado Pinto , Ricardo

Manrique Caballero , Yevelyn de los Angeles

Marcano, Rafael

Marin, Thais

Marín Boscán, Francisco

Marín Quijada, Enrique

Marin Zambrano, Marta Cecilia

Marquez, Aleida

Màrquez Pimentel , Aleyda josefina

Martínez de Paz , Angélica Marianna

Martínez Febres , Miladis del Carmen

Martinez Lira, Ubencio

Martinez Lira, Ubencio Jose

Martinez Mathinson, Rafael Angel

Martinez Rodríguez , Jose Luis

Mata, Aniluc

Mata, Mary Amelia

Mata, Reinaldo

Mateu, Maria Antonia

Matinez P., Adriana

Maza Reyes , Gillian Celeste

Medina Alviarez , Uby Francis

Medina Rivero, Nuris

Medina Velez , Gloria Isabel

Mejia N., Nelson

Mendes Goncalves, Ofelia

Méndez , Héctor

Mendez Hernandez, Indira Ayari

meneces, Ciara

Milano Carreño, Felix

Milano Dulcey, Elibeth del Valle

Miranda H., Fedra

Molina Hernandez, German Jose

Molinos, Marvelys

Mora Diaz, Omar

Mora Lugo , Corina Josefina

Morales de Villanueva, Carmen Yuraima

Morffes Gonzalez, , Jasmin Coromoto

Motta Viloria, Maria Milagros

Mundaray Silva, Marcial

Noda, Nora Yamilet

Noda García, Roselyn Egleé

Noguera Nieves, Zulaima

Nolasco, Wilmer

Ochoa Fernandez, Luis Gerardo

Ochoa Sierralta, Francisco Antonio

Ojeda, Jose Domingo

Ollarves , Martha Elena

Oquendo Rotondaro, Luis Rafael

Ordoñez Mendoza , Susana

Orozco Perez, Milagros Carolina

Ortega Díaz, Pedro (Miembro honorario) QEPD

Ozalia Olgalinda, Gracia

Palacios Matheus, Néstor Alejandro

Pardo, Indira

Parra Gutiérrez, Carol

Patiño Silva , Edinson Jesus

Pedroza Herrera , Xiomara Luz

Peña, Neda

Peña Ramos, Félix Ramón

Peñalver Farias , Jacquelin

Perdomo, Juan Rafael

Pereira Gonzalez , Mariela

Perez, Beatriz

Perez, Juana

Perez, Keila lucia

Perez, Mayerling

Perez Correa, Jasmin Graciela

Pérez Olaizola, Dyree

Pernia Hoyo, Nuvia

Petit, Yalile

Picón Espinoza , Mariana de los Angeles

Pino Vera , Mary Helen

Piqueses R., Julia.J

Pirela Garcia , Francisco

Ponte, Silvia

Porras Mendoza, Franklin Oswaldo

Praedes, Rosaura

Prato D' armas , Carlos Jesus

Pro, Juan Carlos

Puche Labarca, Alfonso José

Pulido, Maria de la Cruz

Pulido, Luis Eduardo

Querales Moròn, Fèlix Eduardo

Quijada Ramos , Ana Grace

Quiroz Fonseca , Nancy

Ramirez, Antonio

Ramirez, Jose Almilcar

Ramirez, Marbella

Ramírez Jimenez, Antonio (Miembro honorario)

Reballedo, Luis Miguel

Richter, Jacqueline

Rivas B., Jerry

Rivas O., Douglas

Rodriguez, Yanitza

Rodriguez, Angie

Rodriguez, Margot

Rodríguez, Delcy Eloína

Rodriguez C., Dany

Rodríguez De Tescari, Marbella

Rofriguez Albornoz, Jesús

Romero, Andreina

Romero de León, Rosa

Rondón Mata, Franklin

Rondón Perez, Juan E.

Ruiz Utrera, Yelitza

Salazar, Leonel

Sanchez, Thais Judith

Sanchez, Maira

Santana, Marilyn

Santoro, Orlando

Sarmiento M., Richard A.

Sarmientos, Adriana

Sauce, Crisitina

Spinosi D' Estefano, Norma

Spósito, Emilio

Teran Perez, Claudia

Toro, Carlos

Torres M., Milagros

Torres Polo, Gladis Maria

Torres Ponte, Danny

Trinidad Ruiz, Rene

Trujillo R., Josefina América

Useche Linares, Marbelis Yackeline

Vasquez Fonseca, Virgilio Jose

Velasquez, Xiomara

Verenzuela, Haydee

Villarruel, Shirly

Viloria Borjas, Mary Carla

Viscaya M., Dilcia M.

Yanes Reyes, Duglas Jesús

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